El Instituto de Crédito Oficial (ICO) no presta dinero a autónomos y empresas directamente. Lo que hace es respaldar la operación ante la entidad financiera, reduciendo el riesgo que asume el banco y facilitando así el acceso a crédito en mejores condiciones. Eso es un aval ICO: una garantía pública que mejora el perfil del solicitante ante la entidad.

En la práctica, cuando alguien dice «tengo un ICO» casi siempre se refiere a un préstamo, que es el producto más conocido y extendido. El aval ICO es menos habitual y responde a una lógica distinta.

No elimina la necesidad de devolver el dinero, pero sí puede mejorar el tipo de interés, etc.

 

Cuándo tiene sentido solicitarlo

 

Conviene tener claro que hay empresas que no pueden acceder. Tampoco todas las operaciones lo necesitan. Es algo pensado para situaciones concretas: inversión en activos productivos, liquidez para cubrir circulante, proyectos de internacionalización o situaciones de tensión financiera puntual con viabilidad demostrable…

La clave está en la palabra «viabilidad». El ICO no respalda proyectos inviables ni empresas sin recorrido. Está pensado para dar su apoyo a negocios que necesitan un empujón financiero en un momento determinado. Por eso el análisis previo de la operación es imprescindible antes de solicitar nada.

Un aval ICO es una garantía, no dinero en sí. El Instituto de Crédito Oficial respalda la operación ante el banco para que este conceda la financiación con menos riesgo. Conviene recordar este detalle.

 

 

Qué cubre y qué no cubre

 

El porcentaje de cobertura varía según la línea y el perfil del solicitante. Si pensamos de forma general, el aval ICO puede cubrir entre el 60 % y el 80 % de la operación (hay veces en las que el banco financia el 100 %).

¿Y qué no se puede solicitar? Porque lo que no cubre importa y mucho: operaciones ya formalizadas, refinanciaciones sin nueva inversión o empresas en situación concursal.

 

El papel de Rial en este proceso

 

Acceder a financiación con aval ICO no es tan sencillo como rellenar un formulario. Requiere identificar la línea adecuada, preparar la documentación que la entidad va a exigir y presentar la operación de forma que tenga sentido financiero sobre el papel.

En Rial trabajamos con autónomos y pymes para hacer exactamente eso: analizar si la operación encaja, seleccionar la vía más adecuada y acompañar el proceso hasta el final. El aval mejora las condiciones y puede desbloquear el acceso.

Tenemos en cuenta esto: una buena operación mal presentada es (y con demasiada frecuencia) una operación denegada.

 

 

Preguntas frecuentes

¿Cualquier autónomo puede acceder a un aval ICO?

Primero, antes de que el banco decida hay que ver si cumple los requisitos de la línea correspondiente y la entidad financiera debe aprobar la operación.

 

¿Este aval sustituye a otras garantías?

No necesariamente: cubre una parte del riesgo, pero la entidad puede exigir garantías adicionales por el tramo restante, así que puede ayudar cualquiera adicional.

 

¿Cuánto tarda en resolverse una operación avalada así?

Depende de la entidad y la complejidad de la operación. Es un proceso más largo que una financiación estándar, por lo que conviene anticiparse a la necesidad.

 

¿Qué documentación se necesita habitualmente?

Declaraciones de renta o impuesto de sociedades, últimas cuentas anuales, plan de negocio si hay inversión nueva y situación actualizada de deudas. En Rial vemos bien qué hace falta en cada caso, porque todos son únicos.