La sucesión intestada ocurre cuando una persona fallece sin haber dejado un testamento válido que indique cómo deben distribuirse sus bienes después de su muerte.
En este caso, es la ley la que determina quiénes serán los herederos y cómo se repartirán los bienes del/a difunto/a.
Si alguien fallece sin hacer testamento, ¿qué se aplica?
Por lo general los herederos suelen ser el/la cónyuge, los/as hijos/as y otros familiares cercanos, como padres, madres, hermanos/as o sobrinos/as, en un orden específico. Sobre todo dependiendo de la legislación que sea de aplicación.
Porque cuando una persona fallece sin dejar un testamento válido, como ya hemos dicho se aplica lo que se conoce como la ley de sucesión intestada. Este proceso varía según el país y la jurisdicción específica, pero sigue un orden de prioridad para determinar quiénes son los herederos legales y cómo se distribuirán los bienes del difunto.
Aquí están los puntos clave que se aplican en la mayoría de las jurisdicciones cuando no hay testamento:
- Leyes de sucesión intestada: cada país tiene leyes específicas que regulan cómo se distribuyen los bienes de una persona que muere sin testamento. Establecen un orden de prioridad para determinar quiénes son los/as herederos/as legales.
- Proceso de distribución: una vez determinados los/as herederos/as legales según la ley, se procede a la distribución de los bienes del/a difunto/a. Puede gestionarse a través de un administrador de la sucesión designado por el tribunal, que será quien se encargue de liquidar las deudas y distribuir los activos según las disposiciones legales.
Sin perder de vista las posibles complejidades que ocurriesen; la sucesión intestada puede llegar a ser más compleja que cuando existe un testamento claro, ya que no hay instrucciones específicas del/a fallecido/a sobre cómo deberían distribuirse sus bienes.

¿Cuales son las posibles complicaciones?
En ocasiones pueden surgir varias. Incluso allegados que estén en desacuerdo. Pero hay más:
- Complejidad en la determinación de herederos: especialmente si la familia del/a difunto/a es extensa o si hay parientes lejanos involucrados. Esto puede requerir investigaciones genealógicas y pruebas documentales para establecer la relación de parentesco y aclararla.
- Distribución de bienes poco claro: porque sin un testamento que especifique cómo deben repartirse puede ser difícil para el administrador de la sucesión o el tribunal, si procede, determinar cuál era la voluntad del/a difunto/a. Esto puede resultar en decisiones que no reflejen necesariamente los deseos del fallecido.
- Liquidación de deudas y obligaciones: que también implica la liquidación de las deudas y obligaciones del/a difunto/a. Y podría ser, digamos, complejo si no se conocen todos los compromisos financieros del difunto o si los activos no son suficientes para cubrir las deudas.
Intereses divergentes: ya que ¿y si son contrarios? En especial si algunos desean vender propiedades mientras que otros prefieren conservarlas. Esto puede complicar la gestión y distribución de activos (y prolongar el proceso de sucesión).
Si alguien fallece sin hacer testamento, ¿qué opción tienen los herederos, si ya se sabe quiénes son?
Una vez que se ha determinado quiénes son los/as herederos/as legales de una persona que falleció sin testamento se tiene la opción de seguir adelante con la administración de la sucesión para recibir sus derechos hereditarios.
Siempre bajo un buen asesoramiento se aconseja una petición formal de declaración de herederos abintestato, imprescindible en algunos sistemas legales (en España lo es) y cuya función es la de obtener una declaración oficial de que esos/as son los/as herederos/as legales del difunto.Y puede implicar la presentación de pruebas y documentos que demuestren la relación de parentesco con el/la fallecido/a.
Después de eso hay dos opciones: la administración de la sucesión (para recopilar los activos del difunto, liquidar las deudas y obligaciones pendientes, etc.) y el acuerdo entre los/as herederos/as, ya que si todos/as están en la misma onda se puede optar por llegar a un acuerdo informal sobre la distribución de los bienes del difunto (es recomendable formalizar este acuerdo mediante de forma legal para así evitar futuras disputas).
Y nunca perder de vista que siempre existirá una posibilidad, por remota que parezca: la de renunciar a la herencia. Y es que en algunos casos, un/a heredero/a puede optar por renunciar a su parte si no desea aceptarla (por razones personales o financieras). Llegado el caso la renuncia debe realizarse de manera formal y puede requerir asistencia legal.

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